¿Cuando mi contrato fin de obra pasa a ser indefinido?

¿Cuando mi contrato fin de obra pasa a ser indefinido?
Da lo mismo los «trucos» que hayan hecho y los papeles que hayas firmado. Da la mismo que te hayan cambiado de empresa varias veces, que te hayan mandado unos días al paro entre contratos, que te hayan hecho contratos con categorías distintas, que te hayan obligado a hacerte autónomo durante un tiempo, que te cojan un tiempo por ETT y otro por la empresa… Los papeles se tienen que ajustar a la realidad, no al revés. La única razón de ser de todos esos «trucos» es que tú te creas que los contratos son correctos y que no les demandes, con lo que les costará ponerte en la calle muchísimo menos dinero.
Una de las verdades más desconocidas del derecho laboral español es que todos los contratos laborales son indefinidos por defecto. Un contrato temporal de cualquier tipo y duración tiene que tener una causa de temporalidad correcta y si no la tiene se convierte en indefinido automáticamente, desde el mismo día en que se firma. Para que la causa de temporalidad sea correcta tiene que reunir todas las siguientes características:
  • Identificada y concretada. Se tiene que identificar la causa concreta y el puesto de trabajo concreto que va a realizar. Por ejemplo, en un contrato de obra para un programador valdría si dijera como obra «actualización del programa Contaplus de la versión 2008 a la 2009» y como puesto de trabajo «analista programador». Si dijera la obra pero no el puesto o categoría el contrato estaría en fraude.
  • Cierta. Además de estar identificada, la causa de temporalidad tiene que ser cierta y en caso de demanda será el empresario el que tenga que demostrar su certeza. Siguiendo con el ejemplo anterior, si no existiera esa actualización del programa Contaplus el contrato estaría en fraude.
  • Válida. La causa de temporalidad tiene que tener la entidad suficiente de forma que la actividad que conlleva sea perfectamente distinguible de la actividad normal de la empresa. La causa debe estar fuera de la actividad «normal» de la empresa. Por ejemplo, una empresa que se dedica a pintar casas no te puede hacer un contrato temporal cuya causa sea pintar una casa determinada, ya que es la actividad principal de la empresa.
  • Que tú estés trabajando exclusivamente en esa obra o servicio. 
  • Que no te finalicen el contrato antes o después de la finalización de la obra. 
Si no se cumple cualquiera de las condiciones, el contrato está en fraude de ley y por tanto una no renovación equivale a un despido improcedente, con indemnización como si fueras indefinido, en el que se cuenta desde el primer día del primer contrato en fraude.
ATENCIÓN, SOMOS UN COMITE DE EMPRESA NO UNA ASESORIA, NO ENVIEIS MAS PREGUNTAS, PODEIS CONSULTAR A VUESTRO SINDICATO SI TENEIS DUDAS.

12 respuestas a ¿Cuando mi contrato fin de obra pasa a ser indefinido?

  1. Angel dijo:

    Buenas tardes,temgo unas dudas:
    en mi caso tengo un contrato de obra o servicio determinado,desde hace ya mas de 6 años y medio,pero no indica la fecha de finalización ni el tipo de obra….indica la fecha de comienzo del contrato hasta FINALIZACION DE CONTRATO…
    pero no indica nada más…como puedo saber si este contrato es en fraude de ley??

    muchas gracias

    • ¿6 años a fin de obra? Suena a fraude de ley, pero necesitamos mas datos. En el articulo esta muy claro. Pero si estas realizando la actividad habitual de la empresa ya es un claro ejemplo de fraude.

  2. Angel dijo:

    Si,vamos…siempre realizo el mismo tipo de trabajo.
    Explico bien el contrato :
    Después me indica que «este contrato se realiza para»:

    Obra o servicio determinado …..DURANTE LA CONTRATA DE ALCOY……

    Si me despidieran,pueden alegar fin de obra???no verdad ???la empresa no cambia de ciudad, ni de nombre ni nada parecido ….

    • Angel dijo:

      Y en caso de que me despidieran,y decidieran pagarme según indica la ley,sin ponerme problemas de fin de obra o cualquier historia….cuantos días por año deberían pagarme ??desde el 01.07.2007 hasta 01.03.2014 por ejemplo.

      Muchas gracias

  3. Angel dijo:

    Ok de acuerdo,es como debería ser la indemnización no?según mi contrato verdad ?si me despiden es lo que me pertoca por ley no?
    Gracias por su tiempo.

  4. victor dijo:

    Llevo dos años a fin de obra, me tienen que hacer indefinido ya? Si realizó diferentes obras…

  5. carmen dijo:

    Tengo un contrato por fin de obra y servicio de firmado el 6 de octubre de 2010.
    El trabajo para el que fui contratada termina el 28.02.15.

    Dos preguntas: Este contrato aunque la empresa no ha comunicado nada ¿No debería ser indefinido?

    Estoy interesada en dejar la empresa cuando llegue esta fecha, pero ahora me dice que tiene trabajo para mi y me pone problemas para darme la liquidación que me corresponde de ese contrato de fin de obra..

    Yo creo que el contrato que firme en su día, al haber pasado mas de cuatro años esta fuera de la legalidad.

    ¿Que opciones tengo si deseo abandonar la empresa?

    ¿Cuales son las opciones que tengo

    Muchas gracias y un saludo.

    Carmen

  6. Iñaki dijo:

    Hola buenas tardes. me hariais un gran favor si me resolvieses una duda: Llevo dos años y medio trabajando con un contrato de fin de obra y queria saber si puedo solicitar que me hagan indefinido por algo que me an comentado de haber trabajado 24 meses de 30.
    Muchas gracias. saludos

  7. Pingback: Despido con Fin de obra después de años en la Empresa – Fraude de Ley | Sección Sindical Entelgy CCOO

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